De este modo se pretende continuar promoviendo una cultura de “tolerancia cero” en las Fuerzas Armadas
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas.
Este protocolo deriva de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario en las Fuerzas Armadas y de la más reciente Ley Orgánica 4/2015, de 14 de octubre, por la que se aprueba el Código Penal Militar, que tipifican por primera vez de forma específica en el ámbito disciplinario y penal militar el acoso sexual y por razón de sexo como conductas constitutivas de infracción disciplinaria y delito.
Además, el protocolo ha sido impulsado por la Proposición no de Ley aprobada el 28 de abril de 2015 por el pleno del Congreso de los Diputados que insta al Gobierno a la elaboración de un Protocolo de actuación en relación con el acoso sexual, por razón de sexo y profesional derivado de estos en las Fuerzas Armadas.
El protocolo, que ha sido informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas el pasado 9 de octubre, se inspira en el principio de igualdad y no discriminación por razón de género y sexo, y en el respeto a la dignidad personal de todo militar, recogidos en la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. De este modo se pretende continuar promoviendo una cultura de “tolerancia cero” en las Fuerzas Armadas.
El protocolo contiene medidas de carácter preventivo, entre las que se incluye la formación en todos los niveles de la enseñanza militar y la sensibilización del personal militar. Se incluyen medidas de protección inmediata a la víctima garantizando en todo el procedimiento la confidencialidad para salvaguardar el derecho a la intimidad, así como la celeridad y diligencia del mismo. También establecen acciones de seguimiento y control de las situaciones de acoso y de acompañamiento a la víctima en todo el proceso.
En el ámbito organizativo se crea la Unidad de Protección frente al Acoso (UPA), como un órgano ajeno a la cadena orgánica de mando que sirve de canal voluntario de transmisión de denuncias y que además prestará asistencia integral de carácter médico y psicológico y asesoramiento profesional, social y jurídico a la víctima. Existirá una UPA en cada uno de los ejércitos y en el órgano central, próximos al mando para proporcionar inmediatez en la respuesta ante una posible denuncia de acoso.
Asimismo se prevé la elaboración y difusión de una Guía práctica con toda la información para que la víctima de acoso ejerza sus derechos y un Manual de buenas prácticas para el mando con el fin de prevenir y actuar ante situaciones de acoso, que serán permanentemente actualizados, al igual que el propio protocolo, por el Observatorio de Igualdad entre hombres y mujeres en las Fuerzas Armadas.
Además, se recogen una serie de medidas cautelares dirigidas a la protección de la víctima como es la posibilidad de cambio voluntario de puesto de trabajo.
El Observatorio de Igualdad entre hombres y mujeres en las Fuerzas Armadas recopilará los datos estadísticos y elaborará un informe anual que elevará al ministro de Defensa.
Este protocolo se enmarca dentro del compromiso de la Administración General del Estado para eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo que pudiera existir en este ámbito a fin de garantizar la plena igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, encuadrándose entre las diferentes medidas que está desarrollando la Administración General del Estado en materia de igualdad.